| a) |
Formación académica (tesis doctoral –normalmente no son
tenidos en cuenta los cursos de doctorado–, tesina de licenciatura, expediente
académico, otras titulaciones universitarias, cursos realizados, etc.
Todo ello debe estar convenientemente justificado por escrito). |
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| b) | Experiencia
docente previa (debidamente justificada); se tiene en cuenta
tanto la experiencia docente en la enseñanza pública como en la privada
(aunque en este último extremo no todas las Comunidades Autónomas lo valoran
igualmente). |
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| c) | Otros
méritos que aduzca el opositor (que pueden ser o no admitidos, dependiendo,
normalmente, de las bases que se establezcan en la convocatoria). Aquí
suelen entrar, por ejemplo, conferencias dictadas, artículos y libros
publicados, etc. La puntuación de esta fase de concurso es de 10 puntos de máximo y se dividen:
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Fase
de prácticas
Los candidatos que hayan sido seleccionados son considerados como «funcionarios
en prácticas» en la enseñanza.
Una comisión pedagógica (o un tutor) valorará y puntuará su aptitud para la
práctica docente.
Si superan esta última fase reciben la calificación de «apto» (o de lo contrario,
«no apto»).
A partir de este momento son considerados como «funcionarios de carrera»,
adjudicándoseles un Número de Registro Personal propio.
Esta fase puede desarrollarse con una duración que oscila entre tres meses
y un curso académico.
Fase
de oposición
La fase de oposición consta de dos pruebas:
| 1. | Primera prueba: tendrá como objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir docencia; constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente: |
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| Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos. Cada una de las partes de las que consta deberá suponer como mínimo 3 puntos de los 10 que comprenderá la valoración total de esta prueba. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima, en cada una de las partes, igual al 25 por ciento de la puntuación asignada a cada una de ellas y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes, igual o superior a cinco puntos. | |||||
| 2. | La segunda prueba: que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica: | ||||
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