Acuerdo
en la Mesa General de las Administraciones Públicas
CC.OO.,
el sindicato más representativo de los 2.500.000 de
empleados de todas las Administraciones Públicas, firma el Acuerdo
para que todos los empleados públicos perciban también
las pagas extraordinarias como pagas dobles.
El Acuerdo
supone un incremento salarial del 2% en 2007 sobre todos los conceptos
de las nóminas
de todos los empleados públicos
(2.500.000 de trabajadores entre funcionarios, personal laboral y
personal estatutario).
Junto
a este incremento del 2% el acuerdo establece otro incremento del
1% del total de las retribuciones. Este 1% se
volcará en
una parte del valor total del complemento específico de cada
empleado público que se abonara en las pagas extraordinarias
del año 2007.
El Acuerdo
también recoge la previsión para que en
los años 2008 y 2009 se fije otro 1% de incremento adicional
para que en los tres años sucesivos (2007-2008-2009) se haga
efectiva la “paga extra doble” de los conceptos mensuales
habituales: sueldo y trienios siempre lo han sido, en diciembre se
percibirá el doble del complemento de destino, y a partir de
junio de 2007 se abonará una parte del complemento específico
en paga extra de modo que en junio de 2009 ya se abone el complemento
específico completo en las pagas extras.
Con el
Acuerdo de 25 de septiembre los empleados públicos
percibirán en cada paga extraordinaria la totalidad de sus retribuciones
básicas, además del complemento de destino y con la inclusión
del complemento específico, hasta ahora excluido de las mismas.
No obstante,
aquellos empleados públicos que por acuerdos
anteriores vinieran percibiendo las pagas extras completas, podrán
beneficiarse del mismo incremento porcentual aplicándolo sobre
otros conceptos.
Con la
incorporación del Complemento Específico en
la paga extraordinaria se realiza el recorrido propuesto por CCOO en
los acuerdos con las Administraciones Públicas en 2003 para
alcanzar la “paga doble” en el ámbito de Función
Pública: primero fue el complemento de destino y ahora será el
complemento específico.
Hemos
de añadir que una vez se apruebe definitivamente el
Estatuto Básico del Empleado Público también se
incorporaran a las pagas extraordinarias las retribuciones complementarias
que se establezcan por decisión y acuerdo de cada una de las
Administraciones Públicas.
Fuente: CC.OO
26 de septiembre de 2006