| Editorial MAD |
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565 plazas
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Se convocan procedimientos selectivos para cubrir 501 plazas correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Las personas que aspiren a ser admitidas en el proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:
Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre
Presentación de instancias: Las instancias se dirigirán al Servicio de Recursos Humanos y deberán presentarse en el Registro del Departamento de Educación (C/Santo Domingo s/n, de Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra, en cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 33, de fecha 18 de marzo de 2009, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la instancia en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada. • Derechos de examen: 40 euros. Están exentas del pago de las tasas: a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%. Para el disfrute de la exención será necesario presentar certificado que acredite el grado de minusvalía extendido por el órgano competente. b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Es requisito para el disfrute de la exención que, en el plazo referido, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezca de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la página web del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra: www.educacion.navarra.es se facilitará modelo de declaración. • El plazo de presentación de instancias estará abierto hasta el 26/01/2010. Más información: consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. » PRUEBAS El proceso selectivo constará de una fase de concurso y de una fase de oposición. La fase de oposición dará comienzo con un acto de presentación ante el Tribunal, en el que los aspirantes deberán entregar la programación didáctica a que se refiere el ejercicio B.1) de la prueba. La fase de oposición constará de las siguientes partes: – Parte A, consistente en un ejercicio escrito de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.2.1.1 de la Base Novena de la convocatoria. – Parte B, subdividida a su vez en estos ejercicios, de conformidad con lo establecido en el apartado 1.2.1.2 de la Base Novena de la presente convocatoria: B.1) Presentación, exposición y defensa de una programación didáctica. B.2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de una unidad didáctica. B.3) Ejercicio de carácter práctico, en aquellas especialidades relacionadas en el Anexo IX de la convocatoria. • Parte A. Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre cinco, extraídos al azar por el Tribunal, de los correspondientes al temario de la especialidad, atendiendo a los siguientes criterios: Los temarios que serán de aplicación a los ejercicios de la fase de oposición para las respectivas especialidades son los vigentes, presentados a continuación. Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas para la realización de la parte A de la prueba. A fin de garantizar el anonimato de los aspirantes, este ejercicio se realizará mediante plicas. No obstante, el Tribunal sólo hará pública la nota final y global de la prueba. Esta parte A se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y supondrá el 40% de la calificación final de la fase de oposición. Consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. • Parte B Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente y consistirá en la presentación y exposición de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. En aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico cuyas características se definen en el Anexo IX. B.1) Presentación, exposición y defensa de una programación didáctica La programación didáctica deberá elaborarse de conformidad con lo establecido en el Anexo X de esta convocatoria. La programación elaborada por el aspirante deberá entregarse al Tribunal en el acto de presentación ante este, que se efectuará en el lugar, fecha y hora, previstos en el apartado 1.2 de la Base Octava de esta convocatoria. Al Tribunal deberá entregarse una sola copia de la programación didáctica. En el caso de que el aspirante no presente la programación personalmente en el acto de presentación de la oposición, será excluido del procedimiento selectivo. La programación didáctica será expuesta y defendida ante el Tribunal contando el aspirante para su exposición y defensa con un tiempo máximo de treinta minutos, dentro del cual, los miembros del Tribunal podrán plantearle cuestiones al aspirante en cualquier momento de la intervención. Para la exposición y defensa de la programación didáctica, el aspirante no dispondrá de tiempo específico de preparación previa a la exposición. Para dicha exposición el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como una copia idéntica de la programación didáctica por él entregada. Consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. B.2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de una unidad didáctica La preparación y exposición oral, ante el Tribunal, de una unidad didáctica estará relacionada con la programación presentada por el aspirante y deberá recoger los aspectos señalados en el Anexo X de la convocatoria. El aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. Para la exposición de la unidad didáctica, el aspirante dispondrá de una hora de preparación y podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de la exposición. Para la exposición y, en su caso, defensa de la unidad didáctica el aspirante dispondrá de un máximo de treinta minutos, dentro del cual, los miembros del Tribunal podrán plantearle cuestiones al aspirante en cualquier momento de la intervención. Los aspirantes que deban exponer y, en su caso, defender los ejercicios B.1) y B.2), lo harán en una única actuación ante el Tribunal. Consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. B.3) Ejercicio de carácter práctico En las especialidades señaladas en el Anexo IX de la convocatoria, en esta segunda parte se incorporará la realización de un ejercicio de carácter práctico que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad a la que opten. Las características y duración de este ejercicio de carácter práctico se establecen en el mencionado Anexo IX que acompaña a esta convocatoria. Consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. Sustitución del ejercicio B.2) por un informe en el que se valoren los conocimientos del aspirante acerca de la unidad didáctica. Consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. FASE DE CONCURSO Consultar BON n.º 3, de 6/01/2010. Los temarios aplicables a cada Cuerpo y especialidad son los publicados por las Órdenes citadas a continuación, excepto, en su caso, los temas recogidos dentro de la parte B de cada uno de ellos, que queda sin vigencia. En el listado de temas todas las referencias a la LOGSE se entienden referidas a la vigente Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A) Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria Orden de 9 de septiembre de 1993 (Boletín Oficial del Estado de 21 de septiembre de 1993), por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, regulados por el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, para las especialidades siguientes: – Biología y Geología. Anexo II de la Orden Foral 374/1999, de 3 de noviembre (Boletín Oficial de Navarra de 20 de diciembre de 1999), modificado por Orden Foral 86/2000, de 9 de marzo (Boletín Oficial de Navarra de 20 de marzo de 2000), para la especialidad de Lengua y Literatura Vascas. También podrán ser consultados en la página web: www.oposicion-secundaria.com Más información: consultar BON n.º 3, de 6/01/2010.
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