| |
» CONSIDERACIONES GENERALES
Se convoca concurso-oposición para cubrir 590 plazas correspondientes a los
Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos
de Formación Profesional y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
con destino en el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
I.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria |
| Especialidades |
Reserva Minusválidos |
Ingreso Libre |
Procedimiento
de accesol |
Cast. |
Vasc. |
Cast. |
Vasc. |
Cast. |
Vasc. |
| Administración
de Empresa |
|
1 |
|
1 |
|
2 |
| Biología
y Geología |
1 |
1
|
11
|
6
|
12
|
7
|
| Dibujo |
1 |
1
|
2
|
2
|
3
|
3
|
|
Economía |
|
|
|
1
|
|
1
|
|
Educación
Física |
|
|
5
|
3
|
5
|
3
|
|
Filosofía |
1 |
1
|
7
|
3
|
8
|
4
|
|
Física
y Química |
1 |
1
|
2
|
1
|
3
|
2
|
|
Formación
y Orientación Laboral |
1 |
|
2
|
|
3
|
|
|
Francés |
1 |
1
|
5
|
3
|
6
|
4
|
| Geografía
e historia |
1
|
1
|
17
|
8
|
18
|
9
|
|
Inglés |
1 |
1
|
13
|
14
|
14
|
15
|
| Intervención
sociocomunitaria |
|
|
|
1
|
|
1
|
| Latín |
1
|
|
1
|
1
|
2
|
1
|
| Lengua
Castellana y Literatura |
2
|
1
|
27
|
10
|
29
|
11
|
| Lengua
y Literatura Vasca |
|
2
|
|
16
|
|
18
|
| Matemáticas |
2
|
1
|
26
|
12
|
28
|
13
|
| Música |
|
1
|
|
3
|
|
4
|
| Organización
y Proyectos Fabricación Mecánica |
|
|
3
|
1
|
4
|
1
|
| Organización
y Proyectos de Mant. vehículos |
|
|
1
|
|
1
|
|
| Organización
y Proyectos Sistemas Energéticos |
|
|
1
|
|
2
|
|
| Proc.
diagnóstico clínico y productos ortoprotésicos |
|
|
1
|
|
1
|
|
| Procesos
de Producción Agraria |
|
|
1
|
|
1
|
|
| Procesos
Sanitarios |
|
|
1
|
|
1
|
|
| Psicología
y Pedagogía |
2
|
|
9
|
4
|
11
|
4
|
| Sistemas
electrónicos |
|
|
1
|
|
1
|
|
| Sistemas
electrotécnicos y Automáticos |
|
|
1
|
|
1
|
|
| Tecnología |
|
|
11
|
8
|
11
|
8
|
| TOTAL |
15
|
13
|
148
|
98
|
165
|
111
|
II.
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
|
| Especialidades |
Reserva
Minusválidos
|
Ingreso
Libre
|
Cast.
|
Vasc.
|
Cast.
|
Vasc.
|
| Equipos
electrónicos |
|
|
2
|
|
| Fabricación
e Instalación de Carpintería y Mueble |
|
|
2
|
|
| Instalaciones
Electrotécnicas |
|
|
7
|
|
|
Mecanizado
y Mantenimiento de Máquinas |
|
|
5
|
|
|
Operaciones
y Equipos Elaboración de Productos Alimentarios |
|
|
2
|
|
|
Operaciones
y Equipos de Producción Agraria |
|
|
2
|
|
|
Procedimientos
de diagnóstico clínico y ortoprotésico |
|
|
2
|
|
|
Procedimientos
sanitarios y asistenciales |
|
|
1
|
|
|
Procesos
de gestión administrativa |
|
|
3
|
2
|
| Soldadura |
|
|
4
|
|
| TOTAL |
1
|
|
30
|
2
|
III.
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
|
| Especialidades |
Reserva
Minusválidos |
Ingreso
Libre
|
| Francés |
|
2 |
| Inglés |
1 |
3 |
| Italiano |
|
1 |
| TOTAL |
1 |
30 |
» REQUISITOS
Las personas que aspiren a ser admitidas en el proceso selectivo deberán reunir
los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea,
o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva
2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores
y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre
circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros
de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre
el Espacio Económico Europeo.
También podrán participar el cónyuge, siempre que no estén separados de derecho,
así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén
separados de derecho y, con respecto a los descendientes, sean menores
de veintiún años, mayores de dicha edad si viven a sus expensas o incapaces.
Asimismo, podrán participar sus ascendientes directos y los de su cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, que vivan a su cargo.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida,
con carácter general, para la jubilación..
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes
al Cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,
en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente
nombramiento como funcionario de carrera del mismo Cuerpo al que
se pretenda ingresar.
Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre
Además de los requisitos generales que se establecen en el apartado anterior,
los aspirantes deberán reunir los requisitos específicos siguientes:
I.
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
a)
Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o el título de grado correspondiente.
Asimismo, pueden solicitar su participación en las especialidades que se relacionan
en el Anexo III del BON n.º 13, de 28/01/2008, los aspirantes que,
aun careciendo de la titulación exigida con carácter general, estén
en posesión de alguna de las titulaciones declaradas equivalente
a efectos de docencia que, para cada una de ellas, se establecen
en el mismo Anexo.
b) Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica
o Certificado de Aptitud Pedagógica. Están dispensados de la posesión
de este requisito los aspirantes que posean el Título de Maestro,
Diplomado en Profesorado de Educación General Básica, Maestro de
Primera Enseñanza así como los Licenciados en Pedagogía y Psicopedagogía
y quienes estén en posesión de licenciatura o titulación equivalente
que incluya formación pedagógica y didáctica.
Igualmente, están dispensados de la presentación de
este requisito los que acrediten una experiencia docente previa durante
dos cursos académicos completos, o en su defecto durante doce meses
ejercidos en periodos discontinuos, en centros públicos o privados
de enseñanza reglada debidamente autorizados.
Asimismo, estarán dispensados quienes soliciten participar
en la convocatoria para el ingreso en las especialidades de Tecnología,
Psicología y Pedagogía y las correspondientes a las distintas enseñanzas
de Formación Profesional del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
II. Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
a) Estar en posesión de la titulación de Diplomado
Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente.
Asimismo, pueden solicitar su participación en las especialidades que se relacionan
en el Anexo IV del BON n.º 13, de 28/01/2008, los aspirantes que, aun careciendo
de la titulación exigida con carácter general, estén en posesión de alguna
de las titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia que, para
cada una de ellas, se establecen en el mismo Anexo.
Requisitos específicos para participar en el procedimiento de reserva de minusválidos
Podrán participar por este procedimiento aquellos aspirantes que, además de
reunir las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso al
Cuerpo que soliciten, tengan reconocida una discapacidad de grado igual o superior
al 33%, siempre que tengan la capacidad funcional no sólo referida al ejercicio
de la docencia a nivel general, sino también en relación con el Cuerpo y especialidad
a la que se opta.
El proceso selectivo se realizará en condiciones de igualdad con los aspirantes
de ingreso libre, sin perjuicio de las adaptaciones previstas en el apartado
2.C) de la base tercera del BON n.º 13, de 28/01/2008.
Los aspirantes que concurran por este procedimiento, no podrán concurrir al
mismo Cuerpo, especialidad e idioma por el procedimiento de ingreso libre.
Requisitos específicos para participar en el procedimiento de acceso al Cuerpo
de Profesores de Enseñanza Secundaria
Podrán participar en este procedimiento selectivo, para el que se reservan
un 50% de las plazas convocadas correspondientes al Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria, los funcionarios de los Cuerpos Docentes clasificados
en el grupo "B" a
que se refiere la vigente legislación de la función pública que, estando en
posesión de la titulación requerida para el ingreso en el Cuerpo de Profesores
de Enseñanza Secundaria, y reuniendo además las condiciones generales a que
se refieren estas Bases, hayan permanecido en sus Cuerpos de procedencia, al
término del plazo de presentación de instancias, un mínimo de 6 años como funcionarios
de carrera.
Los aspirantes que participen por el procedimiento de acceso no podrán concurrir
a la misma especialidad e idioma por el procedimiento de ingreso libre.
Requisitos específicos para optar al ingreso en plazas a impartir en vascuence
o en plazas de la especialidad de Lengua y Literatura Vasca
Además de reunir los requisitos generales y específicos establecidos en los
apartados 1, 2 y, en su caso, 3, los aspirantes deberán poseer alguno de los
siguientes títulos: Licenciado en Filología Vasca, título EGA (Euskara Gaitasun
Agiria), Euskaltzaindia, Certificado de Aptitud de euskera expedido por la
Escuela Oficial de Idiomas o títulos declarados equivalentes.
Requisitos específicos para los aspirantes que no posean la nacionalidad española
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, para ser admitidos al
proceso selectivo, deberán acreditar un conocimiento adecuado de castellano,
en la forma establecida en el apartado 2.B) de la Base Tercera del BON n.º
13, de 28/01/2008.
» PLAZOS
Lugar:
Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán solicitarlo
mediante instancia, que se encontrará a disposición de los interesados
junto al impreso de carta de pago, en el Negociado de Información
y Documentación del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.
Asimismo, la instancia de participación y la carta de pago por triplicado
se encontrarán en la página web del Departamento de Educación: www.pnte.cfnavarra.es
y en la página web del Gobierno de Navarra: www.cfnavarra.es.
Derechos de examen:
25 euros en concepto de derechos de examen por cada especialidad e idioma
de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores
de Escuelas
Oficiales de Idiomas.
18 euros por cada especialidad e idioma del Cuerpo de Profesores Técnicos
de Formación Profesional para la que solicite su admisión.
De conformidad con el artículo 31 de la Ley Foral 7/2001,
de 27 de marzo, de Tasas y Precios públicos de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, están exentas
del pago de las tasas:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
b)
Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante
el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la
presente convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes está
abierto hasta el 18/02/2008.
» PRUEBAS El proceso selectivo constará de una fase de concurso y de una fase de oposición.
Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que no poseen
la nacionalidad española:
Con carácter previo a la realización de la prueba de la fase de oposición,
los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar
el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,
en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y
expresión oral y escrita en esta lengua. Más información en el BON n.º
13, de 28/1/2008.
Fase de oposición: constará de una única prueba que versará sobre los
contenidos de la especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica
y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.
Asimismo existirá una fase de prácticas que podrá incluir cursos de formación
y que formará parte del procedimiento selectivo.
La fase de oposición dará comienzo con un acto de presentación ante el
Tribunal, en el que los aspirantes deberán entregar la programación didáctica
a que se refiere la parte B.1) de la prueba.
La fase de oposición constará de las siguientes partes:
– Parte A, consistente en un ejercicio escrito de conformidad con lo
dispuesto en el apartado 1.1.1.1 de la Base octava del BON n.º 13, de
28/01/2008.
– Parte B, subdividida a su vez en estos ejercicios, de conformidad con
lo establecido en el apartado 1.1.1.2 de la Base octava del BON n.º 13,
de 28/01/2008:
B.1): presentación de una programación didáctica.
B.2): preparación, exposición y defensa de una unidad didáctica.
B.3): ejercicio de carácter práctico, en aquellas especialidades relacionadas
en el Anexo VI de la convocatoria.
Los temarios que serán de aplicación a los ejercicios de la fase de oposición
para las respectivas especialidades son los vigentes, relacionados en
el Anexo V del BON n.º 13, de 28/01/2008.
Fase de oposición en los procedimientos de ingreso libre y reserva de
minusválidos:
La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos
partes, que no tendrán carácter eliminatorio.
La prueba de la fase de oposición se divide en las partes siguientes:
– Parte A.
Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el
aspirante de entre cinco temas, extraídos al azar por el Tribunal.
Los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas para la realización
de la parte A de la prueba. A fin de garantizar el anonimato de los aspirantes, este ejercicio
se realizará mediante plicas. No obstante, el Tribunal sólo hará pública
la nota final y global de la prueba.
Esta parte A se valorará con una calificación de cero a diez
puntos, y supondrá el 40% de la calificación final, de la fase de oposición.
– Parte B. Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio
docente y consistirá en la presentación de una programación didáctica
y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.
En aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales
o técnicas, esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico
cuyas características se definen en el Anexo VI del BON n.º 13, de 28/01/2008.
B.1) Presentación de una Programación didáctica.
La Programación didáctica hará referencia al currículo de una materia
o módulo relacionado con la especialidad por la que se participa, en
la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de
evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades
educativas específicas de apoyo educativo.
Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los
niveles o etapas educativas en el que el profesorado de dicha especialidad
tenga atribuida competencia docente para impartirlo.
En el caso de los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria, podrá estar referida a la etapa de la Educación
Secundaria Obligatoria, al Bachillerato o a los Ciclos Formativos de
Formación Profesional.
En la especialidad de Psicología y Pedagogía, el candidato deberá presentar
un plan anual de trabajo que incluya los distintos programas de intervención
psicopedagógica que hay que desempeñar durante un curso académico en
una de las etapas de la Educación Infantil y Primaria, de la Educación
Secundaria Obligatoria, de Bachillerato o de Formación Profesional, a
elección del candidato.
Más información en el BON n.º 13, de 28/01/2008.
B.2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el Tribunal, de una unidad didáctica
estará relacionada con la programación presentada por el aspirante. Más
información en el BON n.º 13, de 28/01/2008.
B.3) Ejercicio de carácter práctico.
En el caso de especialidades que incluyan habilidades instrumentales
o técnicas, en esta segunda parte se incorporará la realización de un
ejercicio de carácter práctico que permita comprobar que los candidatos
poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo
precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad
a la que opten.
Más información en el ANEXO IV del BON n.º 13, de 28/01/2008.
Sustitución del ejercicio B.2) por un informe en el que se valoren los
conocimientos del aspirante acerca de la unidad didáctica. Consultar
BON n.º 13, de 28/01/2008.
Fase de oposición en los procedimientos de acceso al Cuerpo de Profesores
de Enseñanza Secundaria:
La fase de oposición constará de una única prueba, en la que se atenderá
tanto a los conocimientos del aspirante sobre la materia como a los recursos
didácticos y pedagógicos, y constará de dos partes:
A) La exposición, a la que seguirá un debate, ambos orales, de un tema
de la especialidad a la que se acceda, elegido por el aspirante de entre
ocho elegidos al azar por el Tribunal entre los que componen el temario
de su especialidad, conforme a lo señalado en el Anexo V del BON n.º
13, de 28/01/2008.
B) La parte de contenido práctico, que se realizará únicamente en aquellas
especialidades especificadas en el Anexo VI de la presente convocatoria.
Estarán exentos de la realización de la parte práctica de la prueba aquellos
aspirantes que estén adscritos a la misma especialidad a la que optan,
así como aquellos que opten a una especialidad de la misma familia profesional
a la que figuren adscritos.
Fase de concurso. Consultar BON n.º 13, de 28/01/2008.
» PROGRAMAS
Los temarios aplicables a cada cuerpo y especialidad son los publicados por
las Órdenes citadas a continuación, excepto, en su caso, los temas
recogidos dentro de la parte B de cada uno de ellos, que queda sin
vigencia.
• Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria.
– Especialidades de «Lengua castellana y literatura», «Geografía e Historia»,
«Matemáticas», «Física y Química», «Biología y Geología», «Inglés», «Educación
Física», «Psicología y Pedagogía» y «Tecnología».
Orden de 9 de septiembre de 1993 por la que se aprueban los temarios que han
de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades
y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros,
Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales
de Idiomas, regulados por el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio (BOE
de 21 de septiembre).
– Especialidad de «Lengua y Literatura Vasca»: consultar BON n.º 13,
de 28/01/2008.
–
Especialidades de «Informática», «Construcciones civiles y edificación»,
«Intervención sociocomunitaria», «Organización y Procesos de mantenimiento
de vehículos», «Organización y Proyectos de fabricación mecánica», «Organización
y Proyectos de sistemas energéticos», «Procesos sanitarios» y «Sistemas
electrotécnicos y automáticos».
Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueban los temarios que
han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas
especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos
de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación
Profesional (BOE de 13 de febrero).
• Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras
Técnicas de Formación Profesional.
– Especialidades de «Cocina y Pastelería», «Instalación y Mantenimiento
de equipos térmicos y fluidos», «Instalaciones electrotécnicas», «Procedimientos
sanitarios y asistenciales», «Servicios a la Comunidad» y «Soldadura».
Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueban los temarios
que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas
especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos
de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación
Profesional (BOE de 13 de febrero).
» TEMARIOS
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