| » CONSIDERACIONES GENERALES
Se
convocan procedimientos selectivos para cubrir plazas correspondientes
a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas
y de Profesores
Técnicos de Formación Profesional, con destino en el Departamento de
Educación del Gobierno de Navarra. Convocatoria
publicada en el BON n.º 38, de 29 de marzo de 2004.
El número de plazas convocadas queda distribuido por Cuerpos, especialidades
y sistemas de acceso, de acuerdo a lo siguiente:
» REQUISITOS
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También
podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge
de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente
Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de
los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas
condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus
expensas.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida,
con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
que sea incompatible con el desempeño de las funciones
correspondientes
al Cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado
para el desempeño de funciones públicas.
e) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
Asimismo,
de conformidad con lo establecido en la disposición adicional única
del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero,
pueden solicitar
su participación en la convocatoria los aspirantes que,
aun careciendo de la titulación exigida con carácter general,
estén en posesión
de alguna de las titulaciones declaradas equivalentes a
efectos de docencia
y que se relacionan en las bases oficiales de la convocatoria
para cada una de las especialidades.
f) Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica
o Certificado de Aptitud Pedagógica. Están dispensados
de la posesión
de este requisito los que posean el Título de Maestro,
Diplomado en Profesorado de Educación General Básica,
Maestro de Primera
Enseñanza así como los Licenciados en Pedagogía.
Igualmente,
de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria primera
del Real Decreto 334/2004, de 27
de febrero, están dispensados
de la presentación de este requisito los que acrediten
una experiencia docente previa durante dos cursos académicos
completos, o en
su defecto durante doce meses ejercidos en periodos
discontinuos, en centros
públicos o privados de enseñanza reglada debidamente
autorizados.
Asimismo
y de acuerdo con lo dispuesto en la citada norma, estarán dispensados
quienes soliciten participar
en la
convocatoria para
el ingreso en las especialidades de Tecnología, Psicología
y Pedagogía y las correspondientes a las distintas
enseñanzas de
Formación
Profesional del Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria.
» PLAZOS
Las solicitudes se dirigirán al Director del Servicio de Recursos Humanos y
podrán presentarse en el Negociado de Registro del Departamento de
Educación, en el Registro General del Gobierno de Navarra o en cualquiera
de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
A
la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado la
cantidad de 25 euros en concepto de derechos de examen por cada especialidad
e idioma de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Música y Artes
Escénicas,
y de 18 euros por cada especialidad e idioma del Cuerpo de Profesores
Técnicos de Formación Profesional para la que solicite su admisión.
La falta de justificación de dicho abono determinará la exclusión del
aspirante.
En
caso de efectuar el abono de los derechos de examen en la Comunidad
Foral de Navarra el abono se efectuará mediante carta de pago a ingresar
en cualquier entidad bancaria o, en su caso, mediante transferencia
bancaria a la cuenta número 01825000 82 0711500306 del BBVA. Si el
pago se efectuase
desde otra Comunidad Autónoma se realizará mediante transferencia
bancaria a la cuenta arriba señalada.
El
plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales
y comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
El
plazo de presentación de instancias está abierto hasta el 19 de abril
de 2004.
» PRUEBAS •
FASE DE OPOSICIÓN:
En
esta fase se valorarán los conocimientos específicos de los candidatos
necesarios para impartir docencia, su aptitud pedagógica y su dominio
de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
De
conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria segunda
del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, los temarios sobre los
que versarán las pruebas de la fase de oposición para las respectivas
especialidades
y Cuerpos son los señalados en las bases oficiales de la convocatoria.
Quedando sin vigencia para ser de aplicación a los referidos procedimientos
selectivos lo dispuesto en la parte B del temario.
La
fase de oposición en estos procedimientos constará de dos pruebas eliminatorias
que se desarrollarán en el siguiente orden: PRIMERA PRUEBA
La primera prueba, que tendrá por objeto la demostración de conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia, constará de dos partes
que serán valoradas conjuntamente:
Primera parte: tendrá carácter práctico y consistirá en la
realización de una serie de ejercicios que permitan comprobar que los
candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas
de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas o módulos propios
de la especialidad a que opten.
Esta
parte de la prueba se ajustará a:
La duración de las pruebas para todas las especialidades será de
4 horas.
•
Administración de Empresas
Ejecución de los cálculos relativos a las operaciones de tesorería
aplicando la legislación mercantil que regula los procedimientos
relacionados con
los medios de pago.
Aplicar la normativa laboral, sindical y fiscal en los distintos
ámbitos de actuación en la administración, gestión y control de los
recursos
humanos.
Realización
y análisis de las operaciones contables y fiscales.
Aplicar
en casos tipo de la administración pública la legislación correcta,
en materia presupuestaria y contractual para la confección
y tramitación
de expedientes de contratación y ejecución presupuestaria, así
como en materia de personal para la confección y tramitación de
expedientes tipo.
Realización
de los cálculos y análisis de procedimientos administrativos relativos
a los productos y servicios financieros y de seguros.
Análisis
y aplicación de procedimientos y resultados relativos a las incidencias
del trabajo de auditoría.
Organización
de reuniones y eventos corporativos, aplicando las normas de protocolo.
Análisis de las consecuencias del cumplimiento e incumplimiento
de los deberes legales derivados de la normativa vigente en las
relaciones
jurídicas
de la empresa con sujetos e instituciones públicas y privadas.
Análisis
de los trámites legales y actuaciones necesarias para la constitución
y puesta en marcha de un proyecto empresarial.
• Asesoría y Procesos de Imagen Personal
Interpretar y elaborar información técnica necesaria para la determinación,
“protocolización” y ejecución de los procesos de estética integral.
Ejecutar
los tratamientos estéticos basados en la aplicación de técnicas hidrotermales
en condiciones de seguridad e higiene
adecuadas,
operando
los medios técnicos precisos en función de los requerimientos
del proceso y de las características y condiciones individuales
del
sujeto.
Aplicar
los métodos y técnicas de desinfección, esterilización y limpieza del
material, operando diestramente los medios técnicos
necesarios
y en condiciones de seguridad e higiene óptimas.
Aplicar
técnicas de comunicación, venta de productos y prestación de servicios
de estética en situaciones de atención/asesoramiento
a los
clientes.
Realizar
tratamientos capilares, en condiciones de seguridad e higiene adecuadas,
operando diestramente los medios técnicos
necesarios
para
ello.
Relacionar
las alteraciones estéticas con los tratamientos que están indicados,
y definir los procesos necesarios
para aplicarlos.
Evaluar
los procesos de aplicación de los tratamientos estéticos capilares
y los resultados que se han obtenido
relacionándolos
con los resultados
esperados, para proponer, en caso necesario, los modificaciones
que han de realizarse en el proceso para adecuar los
resultados a lo
previsto.
Analizar
las técnicas de diagnóstico estético de alteraciones capilares para
evaluar las condiciones del cabello
y cuero cabelludo y, en
caso necesario, controlar los efectos del tratamiento.
•
Formación y Orientación Laboral
Resolución de un caso práctico que ponga en relación
las cuestiones específicas que constituyen la parte
A del temario,
analizando
sus causas y determinando
las posibles soluciones alternativas.
El
Tribunal valorará el proceso seguido hasta adoptar la solución, las
fuentes de información utilizadas
y el dominio
de los procedimientos,
técnicas y legislación aplicables al supuesto.
•
Informática
Diseño de aplicaciones informáticas que cumplan
ciertos requisitos dados sobre: Estructuras
de datos; descripción
de programas;
interfaces de
E/S; comportamiento, procedimientos de uso.
Desarrollo, mantenimiento y verificación de
programas en lenguajes estructurados.
Utilización
de lenguajes y utilidades de sistemas gestores de base de datos relacionales
para
la definición, manipulación
o
administración
de datos.
Manejo
de utilidades para verificar o configurar sistemas informáticos.
Manejo
de funciones primitivas del “software” de base. Implementación de procedimientos
para la
configuración o explotación del
sistema.
Diseño
de sistemas en red.
Realización
de funciones de explotación y administración en un sistema de red
local.
•
Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica
Desarrollo de determinados aspectos de
un proyecto de: matrices, moldes y utillajes
para el proceso
de fabricación
mecánica;
construcciones metálicas; mejora y modificación
del equipo industrial.
Desarrollo
de procesos operacionales de:
mecanizado, conformado y montaje;
construcciones
metálicas
y organizar la producción;
mantenimiento
y
reparación y organizar su ejecución.
Desarrollo
de productos, programación, control
y establecer la automatización
de la producción
de
fabricación mecánica.
Planificación
de la gestión y control de la
calidad del producto en fabricación
mecánica y construcciones
metálicas.
Planificación
y organización de una actuación
de control de calidad
en
un proceso industrial,
aplicando
técnicas
de control
y analizando
los
resultados obtenidos sobre la
calidad de un producto.
Elaboración
de un proyecto para fabricación
mecánica, a partir
de las especificaciones
técnicas y/o
el plano de
un subconjunto
adecuado
para
ser producido en gran serie,
y formado por dos tipos de
piezas donde uno
de ellos es
comercial y el otro
tipo de
pieza se
obtiene por
mecanizado siguiendo un proceso
de fabricación conocido.
Programación
de la producción en fabricación
mecánica, con
el fin
de planificar
una producción de fabricación
mecánica,
aplicando
técnicas de control y viendo
mejoras con el fin de aumentar
la calidad
del producto.
•
Procesos y Productos en Madera
y Mueble
Resolución de problemas
y/o ejercicios específicos,
o
bien en la elaboración
de un proyectos
que dé respuesta a una
necesidad debidamente
definida,
planteada por el Tribunal
y que integre diferentes
aspectos.
En
ambos casos la prueba versará
sobre las cuestiones
específicas
que constituyen
la
parte “A” del
temario correspondiente
a esta especialidad y
deberán recoger, al menos, las
siguientes partes
y/o materias:
Memoria
descriptiva, si procede, de la
solución
al problema/proyecto
planteado;
representación
gráfica
de elementos de muebles
y/o carpintería; determinación
justificada de los
materiales a emplear; planificación
del proceso de fabricación
del producto
(fases, máquinas y
herramientas,
instalaciones, recursos
humanos);
medidas de
seguridad y de control
de calidad que se deberán
aplicar.
También
se podrá incluir otras materias,
en
función de la
prueba que establezca
el Tribunal
y de
los medios disponibles,
tales como:
Medición
de características y ensayos
de materiales
y productos; programación
en
control numérico;
realización de
planos mediante medios informáticos;
cálculos estructurales;
elaboración
de la maqueta de
un mueble.
•
Sistemas Electrotécnicos y Automáticos
Montaje, conexionado
y puesta a punto
de una instalación
eléctrica doméstica
y/o
industrial.
Realización
del montaje de automatismos
simples
con
tecnologías
neumática y electroneumática,
y/o hidráulica
y electrohidráulica.
Realización
y puesta en
marcha
de un
automatismo
simple, gobernado
por
un autómata
programable,
elaborando
el programa
de control
adecuado.
Diagnóstico
y localización
de averías
en
instalaciones
con
el equipo
de medida
adecuado, restableciendo
el funcionamiento.
La
corrección de esta parte
de la
prueba
se realizará
con carácter
general
mediante el
sistema
de plicas excepto
en aquellas
especialidades
en las
que los
tribunales
consideren
en función
del tipo de
prueba
y su desarrollo
que dicho
sistema no
se ajusta a
las
características
de
esta parte
de la prueba.
Segunda parte: consistirá en el desarrollo por escrito de
un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el
tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.
Los
aspirantes dispondrán de un máximo
de dos horas para la realización
de la segunda parte de la prueba.
La
corrección de esta parte de la
prueba se realizará por el tribunal
mediante el sistema de plicas.
Esta primera prueba se valorará de cero a diez puntos.
SEGUNDA PRUEBA
La
segunda prueba, que tendrá por objeto
la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las
técnicas necesarias para
el ejercicio docente, consistirá en la presentación de una programación
didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica:
La
programación didáctica hará referencia
al currículo de un área, asignatura
o módulo relacionados con la
especialidad por la que se
participa, en
la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios
de evaluación y metodología,
así como la atención al alumnado
con necesidades
educativas específicas. En su elaboración el aspirante deberá enumerar
los temas que lo compongan. Esta programación podrá ser referida,
para los aspirantes al ingreso
al Cuerpo de Profesores de Enseñanza
Secundaria,
a uno de los cursos de la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,
del Bachillerato o de los ciclos formativos de Formación Profesional.
Para su elaboración, el aspirante podrá basarse en los currículos
recogidos en el BON n.º 38, de
29/03/04 de la convocatoria.
En la especialidad
de Psicología y Pedagogía el candidato deberá presentar un plan anual
de trabajo que incluya los distintos programas de intervención
psicopedagógica que hay que desempeñar durante un curso académico
en una de las etapas
de Educación
Infantil y Primaria, de la Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato
o de Formación Profesional a elección del candidato. La programación
elaborada por el aspirante deberá presentarse preferentemente en
el Negociado de Registro del Departamento de Educación, sito en la
calle
Santo Domingo,
s/n, de Pamplona, en el plazo de tres días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de los aspirantes que han
superado la primera prueba de la fase de oposición.
La
elaboración ante el Tribunal
y exposición oral ante el mismo
de una unidad didáctica, podrá
estar relacionada con la programación
presentada por el aspirante, o elaborada a partir del temario oficial
de la especialidad
a elección del candidato. En el primer caso, el aspirante elegirá
el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al
azar
por
él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante
elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre
tres extraídos al azar por él
mismo, del temario oficial de
la especialidad.
En la especialidad de Psicología y Pedagogía esta última parte
de la prueba se realizará exclusivamente
a partir del temario oficial.
En
la
elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los
objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos,
las actividades
de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula
y sus procedimientos de evaluación.
El
aspirante dispondrá de una hora
para la preparación de la unidad
didáctica, pudiendo utilizar el material que considere oportuno,
excepto la programación
didáctica que haya presentado que no podrá ser utilizada en ningún
caso.
Para
la exposición de la unidad didáctica,
el aspirante podrá utilizar el
material auxiliar que considere
oportuno y que deberá
aportar
él mismo, así como un guión que no excederá de un folio y que
se entregará al tribunal
al término de aquélla.
El
aspirante dispondrá de un periodo
máximo de una hora y treinta
minutos para la defensa oral
de la programación, la exposición
de la unidad didáctica
y posterior debate ante el Tribunal.
El
aspirante iniciará su exposición
con la defensa de la programación
didáctica presentada, que no
podrá exceder de
treinta minutos,
y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica.
La
duración del debate
no podrá exceder de 15 minutos.
Esta
segunda prueba se valorará globalmente
de cero a diez puntos, debiendo
alcanzar el aspirante, para su
superación,
una puntuación
igual o superior
a cinco puntos. • FASE DE CONCURSO: Ver BON n.º 38, de 29/03/04.
• FASE DE PRÁCTICAS: Ver BON n.º 38, de 29/03/04.
» PROGRAMAS
Temarios para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Orden de 9 de septiembre de 1993 (“BOE” del 21 de septiembre).
Parte A : Anexo III Lengua
y Literatura Vasca:
Parte
A : Anexo II de la Orden Foral 374/1999, de 3 de noviembre (Boletín
Oficial de Navarra de 20 de diciembre). Modificado por Orden
Foral 86/2000,
de 9 de marzo (Boletín Oficial de Navarra de 20 de marzo).
Temarios
para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
en las especialidades correspondientes a la Formación
Profesional Específica
y en Economía.
Orden de 1 de febrero de 1996 (“BOE” de 13 de febrero).
» TEMARIOS
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