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» CONSIDERACIONES
GENERALES
Se convocan procedimientos selectivos para
cubrir 951 plazas del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, 114
plazas del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, 20
plazas del cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas, 37 plazas
del cuerpo de profesores de música y artes escénicas y 23 plazas del cuerpo
de profesores de artes plásticas y diseño, dentro del ámbito de gestión
de la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, con el desglose siguiente de plazas por
especialidades:
Publicado
en el B.O.R.M nº 83 de 10/04/2008
» REQUISITOS
Requisitos
generales
De conformidad
con el artículo 12 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero, los requisitos generales que han de reunir los aspirantes
son los siguientes:
a)
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge
de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los
nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados
de derecho.
Asimismo,
con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, los
ascendentes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores
de icha edad que vivan a sus expensas.
b)
Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad
establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa, según
establece el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes
al Cuerpo y especialidad a que se opta.
d)
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de funciones públicas.
e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo
cuerpo al que se aspira a ingresar, salvo que se concurra a los procedimientos
para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el Título
II de la presente Orden, en el que podrán participar los funcionarios
de carrera.
f)
Hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente.
Requisitos
específicos:
Además
de los requisitos generales establecidos en el apartado anterior, los
aspirantes deberán reunir, a la fecha del cierre del plazo de presentación
de solicitudes, los requisitos específicos que se detallan a continuación,
en función del procedimiento por el que se participe y del cuerpo al
que se aspire a ingresar.
Procedimiento
de ingreso libre:
Para participar
por el procedimiento de ingreso libre, los aspirantes deberán reunir,
además de las condiciones generales, los requisitos siguientes:
Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria:
a)
Estar en posesión, o reunir las condiciones para que les pueda ser expedido,
alguno de los siguientes títulos:
– Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente
u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
De conformidad con la disposición adicional única, punto 1, del Reglamento
aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, son equivalentes,
a efectos de docencia, las titulaciones que se detallan para cada especialidad
en el anexo V del citado Reglamento.
b)
Formación pedagógica y didáctica común a todas las especialidades:
Estar
en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere
el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
De acuerdo con lo que establece la disposición transitoria única del
Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, son equivalentes a
la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2
de la Ley Orgánica 2/2006, el Certificado de Aptitud Pedagógica expedido
por los Institutos de Ciencias de la Educación, los títulos Profesionales
de Especialización Didáctica, y el Certificado de Cualificación Pedagógica.
Quedarán exentos de este requisito los aspirantes que posean el título
de maestro, diplomado en profesorado de educación general básica, maestro
de enseñanza primaria y los licenciados en pedagogía y psicopedagogía,
y quienes estén en posesión de licenciatura o titulación equivalente
que incluya formación pedagógica y didáctica.
Igualmente, quedarán exentos de este requisito aquellos que acrediten
una experiencia docente previa durante dos cursos académicos completos
o, en su defecto, durante doce meses ejercidos en periodos discontinuos
en centros públicos o privados de enseñanzas regladas debidamente autorizados.
A estos efectos sólo se tendrán en cuenta los centros públicos o privados
de enseñanza reglada debidamente autorizados.
Asimismo, en tanto no se regule para cada enseñanza la formación establecida
en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
queda diferida, en la presente convocatoria, la exigencia de esta formación
a los aspirantes al ingreso en las especialidades de Tecnología, de
Psicología y Pedagogía y de las correspondientes a las distintas enseñanzas
de formación profesional específica del cuerpo de profesores de enseñanza
secundaria.
Cuerpo
de profesores de escuelas oficiales de idiomas:
Estar en posesión, o reunir las condiciones para que les pueda ser expedido,
alguno de los siguientes títulos:
– Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente
u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional:
– Diplomado
Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de
grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
Cuerpo de profesores de música y artes escénicas y Cuerpo de profesores
de artes plásticas y diseño:
consultar
BORM n.º 83, de 10/04/2008.
Reserva
de discapacitados:
Se reserva un cupo del 5 por 100 del total de las plazas convocadas,
aquellos aspirantes que, además de reunir las condiciones generales
y específicas de titulación correspondientes al cuerpo y especialidad
al que aspiran a ingresar, cumplan los siguientes requisitos:
a)
Tener reconocida la condición legal de minusválido, en grado igual o
superior al 33%, según valoración realizada por el IMAS (Instituto Murciano
de Acción Social) o por el órgano competente en esta materia del resto
de las Administraciones Públicas, siempre que ello no sea incompatible
con el ejercicio de la docencia y el desempeño de las funciones del
profesorado regulados por el artículo 91 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.
b)
Manifestar expresamente, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente
en la instancia de participación, la opción de participar por este procedimiento
de reserva.
El procedimiento selectivo se realizará en condiciones de igualdad con
los aspirantes de ingreso libre, sin perjuicio de las adaptaciones previstas
en el apartado 6.8 de esta convocatoria.
Más
información en el BORM n.º 83, de 10/04/2008.
» PLAZOS
Lugar:
las solicitudes, dirigidas al Consejero de Educación, Ciencia e Investigación,
se cumplimentarán únicamente a través del formulario Web que está disponible
en la dirección de internet www.carm.es/educacion (en el enlace “Instancias
oposiciones Oferta Empleo Público Docente 2008”) o directamente en la
dirección www.carm.es/rrhh/ofertaempleo/ (enlace instancias para las
oposiciones a la CARM).
Para rellenar
el formulario Web de la solicitud, los aspirantes deberán consultar
la Guía de presentación telemática en dicha página Web y las instrucciones
que figuran como anexo III a la presente Orden. Una vez finalizado este
proceso se imprimirá la solicitud como “documento definitivo”, en el
que constarán, entre otros datos, la fecha, hora y número de registro
de entrada.
Para facilitar la cumplimentación de la solicitud a través de Internet,
se habilitarán ordenadores en la Consejería de Educación, Ciencia e
Investigación, con un servicio de ayuda para consulta de los aspirantes
en horario de atención al público.
• Derechos
de examen:
– Cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas
oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas y profesores
de artes plásticas y diseño: 39,51 €.
– Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional: 31,53 €.
Dicha tasa se reducirá en los siguientes supuestos:
a) El 50%
para quienes acrediten encontrarse en situación de desempleo en la fecha
del pago de la tasa:
– Cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas
oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas y profesores
de artes plásticas y diseño: 19,75 €.
– Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional: 15,76 €.
b) El 20% para quienes acrediten hallarse en posesión del “Carné Joven
de la CARM”, expedido por el órgano competente de esta Administración
Regional:
– Cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas
oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas y profesores
de artes plásticas y diseño: 31,61 €.
– Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional: 25,22 €.
Ambas reducciones no son acumulables.
c) El 50% para quienes acrediten ser funcionarios de carrera de la Comunidad
Autónoma de Murcia, y accedan a las pruebas selectivas por los sistemas
de acceso a alguno de los cuerpos objeto de esta convocatoria o por
el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades:
– Acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores
de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas,
profesores de música y artes escénicas y profesores de artes plásticas
y diseño: 19,75 €.
– Adquisición de nuevas especialidades en el cuerpo de profesores técnicos
de formación profesional: 15,76 €.
d) De conformidad con el artículo 6 del Grupo I (Tasa T110) del Decreto
Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, están
exentos del pago de la tasa los aspirantes que acrediten su condición
de minusválido con un grado igual o superior al 33 por ciento, en el
momento del devengo de la tasa.
• El plazo
de presentación de solicitudes está abierto hasta
el 30/04/2008
» PRUEBAS
Prueba de acreditación de conocimiento del castellano
El proceso
selectivo constará de una fase de concurso y de una fase de oposición.
Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que
no poseen la nacionalidad española:
Con carácter previo a la realización de la prueba de la fase de oposición,
los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar
el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,
en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión
y expresión oral y escrita en esta lengua. Más información en el BORM
n.º 83, de 10/04/2008.
•
Prueba de la fase de oposición.
Parte
A: desarrollo de un tema por escrito.
De conformidad
con el artículo 61.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero, tendrá por objeto la demostración de conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo
por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre un número
de temas extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total
de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes
criterios:
–
En aquellas especialidades que tengan un número no
superior a 25 temas, deberá elegirse entre 3 temas.
–
En aquellas especialidades que tengan un número superior
a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre 4 temas.
-En
aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas,
deberá elegirse entre 5 temas.
Parte
B: tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio
docente. Consistirá en la presentación y defensa de una programación
didáctica, en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.
B.1) Presentación
y defensa de la programación didáctica.
B.2) Exposición oral de una unidad didáctica:
Preparación y exposición de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el tribunal de una unidad didáctica,
estará relacionada con la programación presentada por el aspirante,
y será elegida de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia
programación.
En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse
los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos,
las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantearán en el aula
y sus criterios y procedimientos de evaluación, así como las posibles
adaptaciones para la atención de los alumnos con necesidades específicas
de apoyo educativo.
Más información en el BORM n.º 83, de 10/04/2008.
B.3) Ejercicio de carácter práctico.
El ejercicio de carácter práctico consistirá en la realización de una
serie de ejercicios prácticos relacionados con el currículo de las enseñanzas
donde tenga atribución docente la especialidad, que permitan comprobar
que los candidatos poseen una formación y el dominio de las técnicas
de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas o módulos propios
de las especialidades: consultar Anexo IX del BORM n.º 83, de 10/04/2008.
Sustitución de la unidad didáctica por el informe.
Consultar
BORM n.º 83, de 10/04/2008.
Más
información en el BORM n.º 83, de 10/04/2008.
• Fase
de concurso. Consultar BORM n.º 83, de 10/04/2008.
» PROGRAMAS
CUERPO
DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
– Especialidades de «Filosofía», «Griego», «Latín», «Lengua Castellana
y Literatura», «Geografía e Historia», «Matemáticas», «Física y Química»,
«Biología y Geología», «Dibujo», «Francés», «Inglés», «Música», «Educación»,
«Física», «Psicología y Pedagogía», «Tecnología»
Orden 9.9.1993
(BOE núm. 226, de 21.9.93) Anexo III
–
Especialidades de «Economía»,
«Administración
de Empresas»
Orden de
1.2.1996 (BOE de 13.2.96, núm. 38, suplemento).
–
Especialidades de «Análisis
y Química Industrial»,«Asesoría
y Procesos de Iimagen Personal»,
«Construcciones
Civiles y Edificación»,
«Formación
y Orientación Laboral»,
«Hostelería
y Turismo»,
«Informática»,
«Intervención
Sociocomunitaria»,
«Organización
y Procesos de Mantenimiento de Vehículos»,
«Organización
y Proyectos de Fabricación Mecánica»,
«Procesos
de Diagnóstico Clínico y Productos Ortoprotésicos»,
«Procesos
Sanitarios Procesos y Medios de Comunicación»,
«Sistemas
Eelectrotécnicos y Automáticos»
Anexo
I
CUERPO
DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
–
Especialidades de «Cocina y Pastelería», «Fabricación e Instalación
de Carpintería y Mebles», «Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos
y Fluidos», «Instalaciones Electrotécnicas», «Mantenimiento de Vehículos
«Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas», «Oficinas de Proyecto de Construcción»,
«Operaciones y Equipos de Producción Agraria», «Peluquería» «Procedimientos
Sanitarios y Asistenciales», «Procesos de Gestión Administrativa», «Producción
en Artes Gráficas», «Servicios a la Comunidad», «Sistemas y Aplicaciones
Informáticas», «Soldadura», «Técnicas y Procedimiento de Imagen y Sonido»
Orden de
1.2.1996 (BOE de 13.2.96, núm. 38,suplemento) Anexo II
» TEMARIOS
» CURSOS
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