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» CONSIDERACIONES
GENERALES RESOLUCIÓN
EDU/825/2007, de 20 de marzo, de convocatoria de pruebas para la provisión
de plazas de funcionarios docentes.
Publicado en DOGC
núm. 4850 - 27/03/2007.
» REQUISITOS
REQUISITOS GENERALES:
a)
Ser español, tener la nacionalidad de otros Estados miembros
de la Unión Europea o tener la nacionalidad de cualquiera de
los Estados en los que, en virtud de los tratados internacionales suscritos
por la Unión Europea y ratificados por el Estado español,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo
de la Unión Europea.
También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendientes
y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles
como de los nacionales de los otros Estados miembros de la Unión
Europea o de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales
suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español,
les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo
de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre
que los cónyuges no estén separados de derecho y, respecto
a los descendientes sean menores de veintiún años o mayores
de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder,
en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad
establecida para la jubilación forzosa de los funcionarios.
c) Estar en posesión, o reunir las condiciones
para la expedición, de alguna de las titulaciones que para cada
cuerpo determina esta base. En caso de que la titulación citada
se haya obtenido en el extranjero, deberá previamente haberse
concedido la correspondiente homologación, o bien el reconocimiento
de la titulación para ejercer la profesión de maestro
o de profesor de educación secundaria, en ambos casos por parte
del Ministerio de Educación y Ciencia.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por ninguna
limitación física o psíquica incompatible con el
ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad
a la que se opta.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni
estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Los aspirantes que participen y se acojan a lo que se establece en el
apartado a) de esta base con nacionalidad no española deberán
acreditar, igualmente, que no se encuentran sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función
pública, en su Estado de origen.
f) No ser funcionario de carrera, en prácticas
o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo
al que quiere ingresar.
Para el ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria:
a) Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición,
del título de doctor, licenciado, ingeniero o arquitecto, o equivalente
a efectos de docencia, de acuerdo con lo que establece el punto 1 de
la disposición adicional única del Real Decreto 334/2004,
de 27 de febrero.
b) Estar en posesión del título de especialización
didáctica, del certificado de aptitud pedagógica u otros
equivalentes de acuerdo con la disposición adicional primera
del Real Decreto 118/2004, de 23 de enero.
Quedarán exentos de este requisito los aspirantes que posean
el título de maestro, diplomado en profesorado de educación
general básica, maestro de enseñanza primaria y los licenciados
en pedagogía.
Igualmente, de acuerdo con lo que establece la disposición transitoria
única del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, quedarán
exentos de este requisito quienes acrediten haber prestado servicios
docentes durante dos cursos académicos completos o, en su defecto,
durante doce meses ejercidos en períodos discontinuos en centros
públicos o privados. A tales efectos sólo se tendrán
en cuenta los centros a que hacen referencia los artículos 107
y 108 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de
mayo. Tampoco será exigible este requisito a los que participen
por la especialidad de tecnología o por la de psicología
y pedagogía.
Requisitos específicos para participar por la reserva para aspirantes
con disminuciones:
Podrán participar por este procedimiento los aspirantes que,
reuniendo las condiciones generales y específicas exigidas para
el ingreso en el cuerpo al que optan, tengan reconocida por los órganos
competentes una disminución física de grado igual o superior
al 33%.
» PLAZOS
•
Lugar: Las solicitudes de participación deberán
dirigirse a la directora general de Recursos Humanos del Departamento
de Educación (Vía Augusta, 202-226, 08021 Barcelona),
y podrán presentarse:
En los servicios territoriales del Departamento de Educación,
cuyas direcciones son:
– Barcelona: Av. Paral•lel, 71-73, 08004 de Barcelona, tel.
93.443.95.00.
– Barcelona (comarcas): C/ Casp, 15, 08010 de Barcelona, tel.
93.481.60.00.
– Baix Llobregat: C/ Laureà Miró, 328-330, 08980
de Sant Feliu de Llobregat, tel. 93.685.94.50.
– Vallès Occidental: Av. Marquès de Comillas, 67-69,
08202 de Sabadell, tel. 93.748.44.53.
– Tarragona: C/ Sant Francesc, 7, 43003 de Tarragona, tel. 977.25.14.40.
– Lleida: C/ Pica d’Estats, 2, 25006 de Lleida, tel. 973.27.99.99.
– Girona: C/ Ultònia, 13, 17002 de Girona, tel. 972.48.30.00.
– Terres de l’Ebre: C/ Providència, 5-9, 43500 de
Tortosa, tel. 977.44.87.11. (04.363.083)
Y además, en cualquiera de los lugares que prevé el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de
27.11.1992), de régimen jurídico de las administraciones
públicas y del procedimiento administrativo común, de
acuerdo con las condiciones señaladas por el citado precepto.
• Derecho de examen: 49,30 euros.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen los aspirantes
en situación de desempleo que no perciban ninguna prestación
económica y los jubilados, siempre que lo justifiquen documentalmente.
• El plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 16/04/2007 .
» PRUEBAS
Según
establece la disposición adicional 11, apartado 1 de la Ley Orgánica
10/2002, de 23 de diciembre, y el capítulo 1 del título
3 del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, el sistema de selección
será el de concurso oposición, y existirá además
una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.
Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua castellana
para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española, con
carácter previo a la realización de las pruebas, donde
se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión
y expresión oral y escrita en esta lengua. Quedarán exentos
de la realización de esta prueba los aspirantes que presenten
fotocopia compulsada de algún certificado que acredite el conocimiento
del idioma (ver los títulos o certificados en DOGC n.º 4850,
de 27/03/2007).
Otra prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña,
tanto en la expresión oral como en la escrita, mediante una prueba
de carácter eliminatorio. Quedarán exentos de la realización
de la parte oral y escrita de lengua catalana los aspirantes que acrediten
el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel equivalente
o superior al certificado de suficiencia de catalán (C). Quedarán
exentos de la realización de la prueba oral y escrita de la lengua
castellana los aspirantes que puedan acreditar alguna de las siguientes
titulaciones expedidas en el Estado español: una titulación
universitaria, el título de bachillerato, el título de
técnico especialista (FP2) o técnico superior. También
quedarán exentos los aspirantes que acrediten el diploma de español
como lengua extranjera (nivel superior) o del certificado de aptitud
en español para extranjeros expedidos por las escuelas oficiales
de idiomas (consultar el DOGC n.º 4850, de 27/03/2007).
• Fase oposición:
El procedimiento selectivo empezará el 22 de junio de 2007, en
que se realizará la prueba de conocimientos de las dos lenguas
oficiales en Cataluña. Este mismo día se hará pública
la calificación de esta prueba en el tablón de anuncios
de la sede de los respectivos tribunales. El día 23 de junio
de 2007, por la mañana, se realizará el acto de presentación
ante los tribunales y a continuación se iniciará la fase
de oposición. En los procedimientos de ingreso libre y reserva
para aspirantes con disminuciones, el inicio de la fase de oposición
se hará por la mañana con la realización de la
primera parte de la prueba. Las otras partes de la prueba de la fase
de oposición se realizarán en días no lectivos
y tendrán que haber finalizado el 14 de julio de 2007.
Con anterioridad al 22 de junio de 2007, y siempre con siete días
naturales de antelación como mínimo, la Dirección
General de Recursos del Sistema Educativo publicará en el DOGC
la resolución que declare aprobada la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos. En esta resolución tendrán que
constar los aspirantes distribuidos por tribunales, así como
la fecha, la hora y el lugar donde se realizarán la prueba de
conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña, el acto
de presentación de los aspirantes y el procedimiento selectivo.
La fase de oposición constará de una única prueba
estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio.
El tribunal sólo hará pública la nota final y global
de la prueba.
La valoración de los conocimientos específicos de la especialidad
docente se llevará a cabo mediante la realización por
parte del aspirante, ante el tribunal, de la prueba dividida en las
partes siguientes, según el orden que se menciona a continuación:
Parte A.
Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos
necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo,
por escrito, de un tema escogido por el aspirante de entre un número
de temas sacados al azar por el tribunal, proporcional al número
total de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes
criterios:
a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior
a 25 temas, se tendrá que escoger entre tres temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a
25 temas e inferior a 51 temas, se tendrá que escoger entre cuatro
temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a
50 temas, se tendrá que escoger entre cinco temas.
Para la realización de esta parte A de la prueba los aspirantes
dispondrán de dos horas.
Los tribunales convocarán a los aspirantes a la lectura pública
ante el tribunal de la parte A escrita de la prueba en el momento que
consideren oportuno, antes de realizar la parte B de la prueba.
Esta primera parte A se valorará con una calificación
de cero a diez puntos, y tendrá un peso del 40% de la calificación
final y global de la prueba.
Parte B.
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el
ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una
programación didáctica y en la preparación y exposición
oral de una unidad didáctica.
En aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales o
técnicas, esta segunda parte incluirá un ejercicio de
carácter práctico: dibujo, música y tecnología
del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
B.1) Presentación de una programación didáctica.
La programación didáctica incluirá la planificación
del currículo de un área o materia relacionado con la
especialidad para la que se participa, en la que se tendrán que
especificar los objetivos, contenidos, criterios de evaluación
y metodología, así como la atención al alumnado
con necesidades específicas de apoyo educativo. Los aspirantes
al ingreso en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria,
la programación podrá estar referida a la etapa de la
educación secundaria obligatoria o al bachillerato.
Posteriormente esta programación se presentará y defenderá
ante el tribunal en el momento en que el aspirante sea convocado al
efecto.
En el momento de la defensa el aspirante podrá utilizar un ejemplar
de la programación aportado por él mismo.
Las programaciones de las especialidades de idiomas modernos se redactarán
íntegramente en el idioma correspondiente.
B.2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de
una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de
una unidad didáctica, estará relacionada con la programación
presentada por el aspirante. El aspirante escogerá el contenido
de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar
por él mismo, de su propia programación.
En la elaboración de la mencionada unidad didáctica se
tendrán que concretar los objetivos de aprendizaje que se pretenden
alcanzar, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje
que se plantearán en el aula y los procedimientos de evaluación
correspondientes, así como las posibles adaptaciones para la
atención del alumnado con necesidades educativas específicas
y su elaboración se ajustará en lo que se dispone en el
anexo 3 del DOGC n.º 4850, de 27/03/2007.
En la especialidad de psicología y pedagogía del cuerpo
de profesores de enseñanza secundaria los aspirantes podrán
optar por desarrollar un programa de intervención en un centro
escolar o en un equipo de asesoramiento psicopedagógico.
El aspirante dispondrá de una hora para la elaboración
de la unidad didáctica durante la cual podrá consultar
el material que crea oportuno, sin posibilidad de conexión con
el exterior.
Para la exposición de la unidad didáctica el aspirante
podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, así
como un guión que no excederá de un folio y que se entregará
al tribunal en el momento de finalizar la exposición.
El material auxiliar que utilice al aspirante en ambos casos lo tendrá
que aportar él mismo.
El aspirante dispondrá de un periodo máximo de 45 minutos
para la defensa oral de la programación, la exposición
de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal, con
la siguiente distribución máxima del tiempo disponible:
20 minutos para la defensa oral de la programación, 20 minutos
para la exposición oral de la unidad didáctica, si procede,
y 5 minutos para el debate ante el tribunal.
Finalizada la exposición el tribunal podrá plantear preguntas
o cuestiones al candidato en relación con el contenido de su
intervención y la contextualización en situaciones concretas
de aula o de contenido práctico.
Este ejercicio de preparación y exposición oral de una
unidad didáctica se puede sustituir por un informe de los conocimientos
sobre la unidad didáctica, tal como se detalla en el DOGC n.º
4850, de 27/03/2007.
B.3) Ejercicio de carácter práctico. En el caso de las
especialidades de dibujo, música y tecnología del cuerpo
de profesores de enseñanza secundaria, esta segunda parte incorporará
la realización de un ejercicio de carácter práctico,
que permita comprobar que los candidatos tienen una formación
científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas
para impartir las áreas o materias propias de la especialidad
docente.
Las características y duración de este ejercicio práctico
se ajustará a las especificaciones, pautas y criterios que se
establecen en el anexo 5 del DOGC n.º 4850, del 27/03/2007.
• Fase oposición:
Consultar DOGC n.º 4850, de 27/03/2007
» PROGRAMAS
Anexo
III de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE núm. 226, de
21.9.1993), para las especialidades de alemán, inglés,
biología y geología, física y química, latín,
griego, dibujo, educación física, francés, geografía
e historia, lengua castellana y literatura, matemáticas, música,
psicología y pedagogía y tecnología del cuerpo
de profesores de enseñanza secundaria.
d) Anexo de la Orden de 16 de marzo de 1995 (DOGC núm. 2031,
de 29.3.1995) con respecto a la especialidad de lengua catalana y literatura
del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
e) Anexo 1 de la Orden de 1 de febrero de 1996 (BOE núm. 38,
de 13.2.1996), para la especialidad de economía del cuerpo de
profesores de enseñanza secundaria.
» MATERIAL
PARA SU PREPARACIÓN
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LOS TEMARIOS PARA SU PREPARACIÓN
CURSOS
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