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Convocatoria 2007
DOGC nº 4850 de 27/3/2007

 

 

2.366 PLAZAS

 

Consideraciones Generales
Requisitos
Plazos
Pruebas
Programas
Material para su preparación

  » CONSIDERACIONES GENERALES

RESOLUCIÓN EDU/825/2007, de 20 de marzo, de convocatoria de pruebas para la provisión de plazas de funcionarios docentes.

Publicado en DOGC núm. 4850 - 27/03/2007.

Especialidad
Plazas
 Alemán
6
 Inglés
300
 Biología y Geología
150
 Física y Química
150
 Griego
20
 Dibujo
50
 Economía
40
 Educación Física
40
 Filosofía
60
 Francés
70
 Geografía e Historia
300
 Latín
20
 Lengua Castellana
300
 Catalán
250
 Matemáticas
200
 Música
50
 Psicología
200
 Tecnología
150
 TOTAL
2.366

» REQUISITOS

REQUISITOS GENERALES:

a) Ser español, tener la nacionalidad de otros Estados miembros de la Unión Europea o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados en los que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo de la Unión Europea.

También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, respecto a los descendientes sean menores de veintiún años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida para la jubilación forzosa de los funcionarios.

c) Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición, de alguna de las titulaciones que para cada cuerpo determina esta base. En caso de que la titulación citada se haya obtenido en el extranjero, deberá previamente haberse concedido la correspondiente homologación, o bien el reconocimiento de la titulación para ejercer la profesión de maestro o de profesor de educación secundaria, en ambos casos por parte del Ministerio de Educación y Ciencia.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a la que se opta.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Los aspirantes que participen y se acojan a lo que se establece en el apartado a) de esta base con nacionalidad no española deberán acreditar, igualmente, que no se encuentran sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública, en su Estado de origen.

f) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que quiere ingresar.

Para el ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria:
a) Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición, del título de doctor, licenciado, ingeniero o arquitecto, o equivalente a efectos de docencia, de acuerdo con lo que establece el punto 1 de la disposición adicional única del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero.

b) Estar en posesión del título de especialización didáctica, del certificado de aptitud pedagógica u otros equivalentes de acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 118/2004, de 23 de enero.

Quedarán exentos de este requisito los aspirantes que posean el título de maestro, diplomado en profesorado de educación general básica, maestro de enseñanza primaria y los licenciados en pedagogía.

Igualmente, de acuerdo con lo que establece la disposición transitoria única del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, quedarán exentos de este requisito quienes acrediten haber prestado servicios docentes durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, durante doce meses ejercidos en períodos discontinuos en centros públicos o privados. A tales efectos sólo se tendrán en cuenta los centros a que hacen referencia los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo. Tampoco será exigible este requisito a los que participen por la especialidad de tecnología o por la de psicología y pedagogía.

Requisitos específicos para participar por la reserva para aspirantes con disminuciones:
Podrán participar por este procedimiento los aspirantes que, reuniendo las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso en el cuerpo al que optan, tengan reconocida por los órganos competentes una disminución física de grado igual o superior al 33%.

» PLAZOS

Lugar: Las solicitudes de participación deberán dirigirse a la directora general de Recursos Humanos del Departamento de Educación (Vía Augusta, 202-226, 08021 Barcelona), y podrán presentarse:

En los servicios territoriales del Departamento de Educación, cuyas direcciones son:
– Barcelona: Av. Paral•lel, 71-73, 08004 de Barcelona, tel. 93.443.95.00.
– Barcelona (comarcas): C/ Casp, 15, 08010 de Barcelona, tel. 93.481.60.00.
– Baix Llobregat: C/ Laureà Miró, 328-330, 08980 de Sant Feliu de Llobregat, tel. 93.685.94.50.
– Vallès Occidental: Av. Marquès de Comillas, 67-69, 08202 de Sabadell, tel. 93.748.44.53.
– Tarragona: C/ Sant Francesc, 7, 43003 de Tarragona, tel. 977.25.14.40.
– Lleida: C/ Pica d’Estats, 2, 25006 de Lleida, tel. 973.27.99.99.
– Girona: C/ Ultònia, 13, 17002 de Girona, tel. 972.48.30.00.
– Terres de l’Ebre: C/ Providència, 5-9, 43500 de Tortosa, tel. 977.44.87.11. (04.363.083)
Y además, en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27.11.1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con las condiciones señaladas por el citado precepto.

Derecho de examen: 49,30 euros.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen los aspirantes en situación de desempleo que no perciban ninguna prestación económica y los jubilados, siempre que lo justifiquen documentalmente.

• El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 16/04/2007 .


» PRUEBAS

Según establece la disposición adicional 11, apartado 1 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, y el capítulo 1 del título 3 del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, el sistema de selección será el de concurso oposición, y existirá además una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.

Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua castellana para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española, con carácter previo a la realización de las pruebas, donde se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. Quedarán exentos de la realización de esta prueba los aspirantes que presenten fotocopia compulsada de algún certificado que acredite el conocimiento del idioma (ver los títulos o certificados en DOGC n.º 4850, de 27/03/2007).

Otra prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña, tanto en la expresión oral como en la escrita, mediante una prueba de carácter eliminatorio. Quedarán exentos de la realización de la parte oral y escrita de lengua catalana los aspirantes que acrediten el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel equivalente o superior al certificado de suficiencia de catalán (C). Quedarán exentos de la realización de la prueba oral y escrita de la lengua castellana los aspirantes que puedan acreditar alguna de las siguientes titulaciones expedidas en el Estado español: una titulación universitaria, el título de bachillerato, el título de técnico especialista (FP2) o técnico superior. También quedarán exentos los aspirantes que acrediten el diploma de español como lengua extranjera (nivel superior) o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las escuelas oficiales de idiomas (consultar el DOGC n.º 4850, de 27/03/2007).

Fase oposición:
El procedimiento selectivo empezará el 22 de junio de 2007, en que se realizará la prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña. Este mismo día se hará pública la calificación de esta prueba en el tablón de anuncios de la sede de los respectivos tribunales. El día 23 de junio de 2007, por la mañana, se realizará el acto de presentación ante los tribunales y a continuación se iniciará la fase de oposición. En los procedimientos de ingreso libre y reserva para aspirantes con disminuciones, el inicio de la fase de oposición se hará por la mañana con la realización de la primera parte de la prueba. Las otras partes de la prueba de la fase de oposición se realizarán en días no lectivos y tendrán que haber finalizado el 14 de julio de 2007.

Con anterioridad al 22 de junio de 2007, y siempre con siete días naturales de antelación como mínimo, la Dirección General de Recursos del Sistema Educativo publicará en el DOGC la resolución que declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. En esta resolución tendrán que constar los aspirantes distribuidos por tribunales, así como la fecha, la hora y el lugar donde se realizarán la prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña, el acto de presentación de los aspirantes y el procedimiento selectivo.
La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio. El tribunal sólo hará pública la nota final y global de la prueba.

La valoración de los conocimientos específicos de la especialidad docente se llevará a cabo mediante la realización por parte del aspirante, ante el tribunal, de la prueba dividida en las partes siguientes, según el orden que se menciona a continuación:

Parte A.
Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo, por escrito, de un tema escogido por el aspirante de entre un número de temas sacados al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad atendiendo a los siguientes criterios:

a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se tendrá que escoger entre tres temas.

b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se tendrá que escoger entre cuatro temas.

c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se tendrá que escoger entre cinco temas.

Para la realización de esta parte A de la prueba los aspirantes dispondrán de dos horas.

Los tribunales convocarán a los aspirantes a la lectura pública ante el tribunal de la parte A escrita de la prueba en el momento que consideren oportuno, antes de realizar la parte B de la prueba.

Esta primera parte A se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y tendrá un peso del 40% de la calificación final y global de la prueba.

Parte B.
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.

En aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico: dibujo, música y tecnología del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

B.1) Presentación de una programación didáctica.
La programación didáctica incluirá la planificación del currículo de un área o materia relacionado con la especialidad para la que se participa, en la que se tendrán que especificar los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Los aspirantes al ingreso en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, la programación podrá estar referida a la etapa de la educación secundaria obligatoria o al bachillerato.

Posteriormente esta programación se presentará y defenderá ante el tribunal en el momento en que el aspirante sea convocado al efecto.

En el momento de la defensa el aspirante podrá utilizar un ejemplar de la programación aportado por él mismo.

Las programaciones de las especialidades de idiomas modernos se redactarán íntegramente en el idioma correspondiente.

B.2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación presentada por el aspirante. El aspirante escogerá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación.

En la elaboración de la mencionada unidad didáctica se tendrán que concretar los objetivos de aprendizaje que se pretenden alcanzar, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantearán en el aula y los procedimientos de evaluación correspondientes, así como las posibles adaptaciones para la atención del alumnado con necesidades educativas específicas y su elaboración se ajustará en lo que se dispone en el anexo 3 del DOGC n.º 4850, de 27/03/2007.

En la especialidad de psicología y pedagogía del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria los aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de asesoramiento psicopedagógico.

El aspirante dispondrá de una hora para la elaboración de la unidad didáctica durante la cual podrá consultar el material que crea oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior.

Para la exposición de la unidad didáctica el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal en el momento de finalizar la exposición.

El material auxiliar que utilice al aspirante en ambos casos lo tendrá que aportar él mismo.

El aspirante dispondrá de un periodo máximo de 45 minutos para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal, con la siguiente distribución máxima del tiempo disponible: 20 minutos para la defensa oral de la programación, 20 minutos para la exposición oral de la unidad didáctica, si procede, y 5 minutos para el debate ante el tribunal.

Finalizada la exposición el tribunal podrá plantear preguntas o cuestiones al candidato en relación con el contenido de su intervención y la contextualización en situaciones concretas de aula o de contenido práctico.

Este ejercicio de preparación y exposición oral de una unidad didáctica se puede sustituir por un informe de los conocimientos sobre la unidad didáctica, tal como se detalla en el DOGC n.º 4850, de 27/03/2007.

B.3) Ejercicio de carácter práctico. En el caso de las especialidades de dibujo, música y tecnología del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, esta segunda parte incorporará la realización de un ejercicio de carácter práctico, que permita comprobar que los candidatos tienen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas o materias propias de la especialidad docente.

Las características y duración de este ejercicio práctico se ajustará a las especificaciones, pautas y criterios que se establecen en el anexo 5 del DOGC n.º 4850, del 27/03/2007.

Fase oposición:
Consultar DOGC n.º 4850, de 27/03/2007

» PROGRAMAS

Anexo III de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE núm. 226, de 21.9.1993), para las especialidades de alemán, inglés, biología y geología, física y química, latín, griego, dibujo, educación física, francés, geografía e historia, lengua castellana y literatura, matemáticas, música, psicología y pedagogía y tecnología del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

d) Anexo de la Orden de 16 de marzo de 1995 (DOGC núm. 2031, de 29.3.1995) con respecto a la especialidad de lengua catalana y literatura del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

e) Anexo 1 de la Orden de 1 de febrero de 1996 (BOE núm. 38, de 13.2.1996), para la especialidad de economía del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

» MATERIAL PARA SU PREPARACIÓN

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